La conservación privada de la sangre de cordón, regulada por el Real Decreto 1301/2006, es una alternativa a la donación al banco público para aquellas familias que desean mantener disponibles estas células, empleadas para tratar más de setenta enfermedades hematológicas y del sistema inmunitario.
La conservación de células madre de sangre de cordón umbilical (SCU) en un banco privado es una práctica extendida en nuestro país desde mediados de la década de 2000: según la Asociación Española de Bancos de Células Madre, más de 150.000 familias españolas han optado por almacenar la sangre del cordón umbilical de sus hijos para un posible uso del propio niño o de algún familiar compatible. El objetivo es asegurar la disponibilidad de unas células madre que ya se emplean como tratamiento estandarizado de más de setenta enfermedades hematológicas y del sistema inmune. La sencillez de su obtención y la compatibilidad total con el propio donante y en una altísima probabilidad con sus hermanos son las razones por las que muchos padres se decantan por esta opción.
Entre las muestras españolas crioconservadas en los bancos privados pertenecientes a la Asociación de Bancos de Células Madre (ABCM) ya se han aplicado tres: al primer caso, un autotrasplante realizado en 2009 en una niña con un tumor cerebral, siguieron en 2013 dos trasplantes entre hermanos para combatir la anemia de Blackfan-Diamond y una leucemia mieloblástica aguda. Todos los tratamientos se realizaron en el Hospital Infantil Universitario Niño Jesús de Madrid bajo la dirección del doctor Luis Madero, jefe del Servicio de Oncohematología y Trasplante Hematopoyético del centro.
Según las especificaciones del Real Decreto 1301/2006, que regula los sistemas de crioconservación de células madre público y privado, las unidades de SCU almacenadas en España quedan inscritas en el Registro Español de Donantes de Médula Ósea (REDMO) y a disposición de cualquier receptor compatible, mientras que si se depositan en otros países el recién nacido del que se ha extraído la SCU o sus representantes legales mantienen la propiedad de la muestra.
La convivencia de los sistemas público y privado es posible: los bancos públicos españoles necesitan recoger 5.000 unidades de sangre de cordón al año para garantizar las donaciones, cifra que representa el 1% del total de niños nacidos. Para que la crioconservación pueda realizarse, han de cumplirse tres requisitos: que el hospital donde nazca el niño del que se obtienen las células madre esté autorizado para la extracción, que la compañía de crioconservación cuente con los pertinentes permisos de las consejerías autonómicas de Sanidad y que se haya suscrito un acuerdo de colaboración entre dicha compañía y la maternidad.
Hasta el momento, solo siete comunidades autónomas han regulado la actividad: Andalucía (noviembre de 2008), Galicia (junio de 2009), Islas Baleares (marzo de 2010), Castilla y León (abril de 2010), La Rioja (mayo de 2011), Comunidad de Madrid (junio de 2011) e Islas Canarias (noviembre de 2011); en los casos de Baleares, Galicia y La Rioja, solo pueden depositarse en un banco privado muestras extraídas en hospitales también privados. En el resto de regiones no se han aplicado las disposiciones del Real Decreto, por lo que no todos los futuros padres cuentan con las mismas opciones.
En la actualidad, doce compañías prestan en España el servicio de crioconservación privada, y más del 90% de las muestras de células madre de cordón umbilical conservadas en bancos privados están bajo la custodia de las compañías miembros de la Asociación de Bancos de Células Madre, constituida con el objeto de concienciar a la población sobre la importancia de no desechar la sangre de cordón umbilical, promover conductas éticas y responsables en la prestación del servicio de crioconservación y lograr la regulación de la actividad en todo el territorio nacional.
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