¿Cómo se debe actuar en caso de necesitar las células?

En el caso de que la muestra fuera necesaria para un trasplante, Secuvita remitirá al centro que lo realice, de acuerdo con los protocolos médicos exigibles, la muestra de SCU (sangre de cordón umbilical) para su aplicación terapéutica. Para ello será necesario que el medico que controla el tratamiento lo solicite y que los padres presenten el certificado de almacenamiento emitido por Secuvita en el momento de la criopreservación. Secuvita asumirá todos los costes derivados del transporte dentro de la Unión Europea, durante los 25 primeros años de mantenimiento de la SCU.

El trasplante de células madre es el último paso de un tratamiento largo que, a veces, dura varios meses. Se empieza a considerar sólo cuando no dan resultado las opciones terapéuticas alternativas. La decisión acerca de si deben o no aplicarse células madre es adoptada, en todos los casos, por el médico responsable del tratamiento.

  • A través del contacto con los padres, los médicos son informados, desde el primer momento, de que se dispone de células madre de SCU. Si se contempla la posibilidad de un trasplante, los médicos se pondrán en contacto con Secuvita. A continuación, se procede a realizar una serie de pruebas clínicas para comprobar en ese momento todos los parámetros de calidad importantes. Entre otros aspectos se comprueba la vitalidad y la capacidad de división de las células una vez descongeladas.

  • Si los técnicos de laboratorio y los médicos responsables del tratamiento dan su conformidad y su aprobación, se fija una fecha para el trasplante de células madre. Esta fecha estará en función de la gravedad de la enfermedad y el centro en el que se vaya a realizar el tratamiento. Una cuestión muy importante: los informes, así como la SCU, sólo se facilitan al médico previa autorización escrita de los padres, o del propio hijo si ya es mayor de edad, junto con la presentación del certificado de almacenamiento.

  • Llegado ese momento, todo puede desarrollarse con mucha rapidez. Poco antes de la fecha señalada para el trasplante, la SCU congelada se saca del tanque de almacenamiento y se coloca en un contenedor especial para el transporte de células madre. A continuación, el contenedor especial es transportado hasta el hospital, siempre acompañado de un técnico de laboratorio de VITA34, que es quien se encarga de supervisar la descongelación de las células madre. Como VITA34, almacena ese preparado en bolsas de congelación, que son también aprobadas como bolsas de infusión, los médicos responsables del tratamiento pueden utilizar la SCU en el plazo de unos pocos minutos.

La experiencia nos enseña que entre las primeras entrevistas con los médicos responsables del tratamiento y la decisión de aplicar la SCU pueden transcurrir varios meses, por lo que, una vez tomada la decisión de iniciar el tratamiento con las células madre del cordón umbilical, todo tiene que hacerse con mucha rapidez y Secuvita estará siempre a su lado durante el proceso.

Secuvita

¿A quién pertenece la SCU, a la madre, al bebé o a los dos? ¿Puede alguien acceder a la sangre sin el consentimiento de la familia?

Depende del país en el que se almacene la unidad. En España, la legislación dispone que los padres están obligados a poner la sangre a disposición de la red universal y a cederla en caso de que alguien lo necesite. Sólo en el caso de que la unidad de sangre sea almacenada fuera de España, la familia no estaría obligada a poner la SCU a disposición universal, por lo que sus derechos de propiedad sobre la muestra quedarían garantizados (Real Decreto 1301/2006).

En Alemania, por normativa legal, la SCU, una vez extraída, es propiedad del recién nacido, aunque hasta la mayoría de edad, el niño esta representado legalmente por sus padres. Tal y como se contempla en las leyes alemanas, sólo el niño, como propietario, o sus padres como representantes legales, pueden determinar cuándo, para quién y cómo se puede utilizar o si se debe proceder a su destrucción. Tienen, por lo tanto, el derecho exclusivo a disponer, en caso necesario, el traslado de la SCU a España o a cualquier otro lugar.

Por otro lado, el derecho sanitario alemán contempla la SCU como un medicamento, por lo que el proceso de preparación, que incluye también la extracción, la conservación criogénica y el almacenamiento de la sangre, está sujeto a la inspección/supervisión de las autoridades, de conformidad con la Ley Alemana del Medicamento (AMG). Las facultades reconocidas por las autoridades, según la AMG, no incluyen la facultad de disposición que corresponde al propietario. Por lo tanto, no es posible que una institución oficial pueda decidir sobre la aplicación o la destrucción de un preparado contra la voluntad del propietario o disponer la entrega de sangre, a petición, a un banco público de la SCU. Frente a esto cabe oponer en Alemania el derecho a la propiedad reconocido en la Constitución. Cualquier actuación en contra de los derechos privados requeriría en Alemania un principio de intervención legal de esta naturaleza, que tampoco podría ser aprobado simplemente por el propio Parlamento en contra de la norma constitucional (Ley básica de la Republica Federal de Alemania)

Igualmente, está completamente excluida una intervención directa por parte de las autoridades españolas sobre los preparados de SCU almacenados en Alemania, debido al principio de la soberanía del Estado. La colaboración oficial sólo se presta cuándo el trámite solicitado también es admisible de acuerdo con el tratamiento alemán, lo que no ocurre en este caso, como se describe anteriormente.

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